John Fredy Nagles Soto
Corporación Júraco
Florencia Caquetá
Luego de notificada la Fallo de
acción de tutela T-938 A de 2014, en la que la Corte Constitucional obliga a la
alcaldesa de Florencia, Susana Portela, iniciar el desalojo de las familias
asentadas ilegalmente en lotes contiguo a la Ciudadela Siglo XXI, líderes de
los 13 asentamientos subnormales reaccionaron con una propuesta para evitar que
se les desaloje. Inicialmente se desalojarán solo 57 familias, pero la orden es
reubicar a todas las 2.600 existentes en los terrenos que conforman la
ocupación ilegal. Se espera pronta respuesta de la Alcaldesa a la idea
presentada por la comunidad.
Comunidad de 'La Florida' y los demás 12 asentamientos subnormales proponen a Asohabitat XXI comprar los predios, para evitar que la Alcaldía de Florencia no se desgaste en reubicarlos. |
Dicen que son consientes de que
una reubicación, como la exigida hoy por la Alta Corte, implica un desgaste
institucional y de recursos exorbitante. Por ello, durante el pasado Consejo
Municipal de Seguridad presidido por la Mandataria presentaron un documento
propuesta para “lograr entre todos”, dicen ellos, cumplir la directriz de la Alta
Instancia. Jaime Alexander Betancur, presidente del asentamiento ‘Villa María’,
en conjunto con sus compañeros de liderazgo, presentaron la propuesta formal
para que la Mandataria Local pueda cumplir con la inapelable norma.
Comprar los predios
Alexander Betancourd, presidente 'Villa María' |
La comunidad organizada busca que
los reales dueños de la tierra, la Asociación de Vivienda Asohabitat XXI, les
venda los predios a precios justos, para evitar así el desgaste en recursos y logística
institucional por parte de la Alcaldía de Florencia. “Nosotros, en estos
momentos todos los 13 asentamientos y los lideres que estamos al frente lo que
queremos es ayudar a buscar soluciones a este problema, porque cumplir en seis
meses a cabalidad el Fallo es casi que imposible. Por eso, lo que hemos
acordado en comunidad es que llegar a negociar los lotes”, explicó Betancur.
Según Jader Acosta Imbachí,
presidente del asentamiento ‘La Florida’, a ellos el Estado les ha dado un
reconocimiento, aunque no legal, sí legítimo que los hace ciudadanos con el
derecho a permanecer en estos predios, toda vez que los han habitado durante
más de cuatro años. “Tenemos certificaciones que nos reconoce como
asentamientos subnormales. Igualmente, por estos largos años hemos pagado
impuesto predial a la Alcaldía, lo que nos da el derecho, por lo menos, de
proponer alternativas a las impuestas por la Corte”, dijo.
Por su parte, María Nancy
Covaleda Carvajal, presidenta del asentamiento ‘20 de Marzo’, asegura que cerca
del 80 por ciento de la comunidad asentada por más de 4 años en estos predios
son mujeres desplazadas, a quienes a la mayoría la guerra les arrebató su
compañero u otras fueron abandonadas por ellos. “En una sola casa, podemos
encontrar familias hasta de 15 niños en una sola casita pequeñita. Entonces, créanos
que nuestros derechos se ven vulnerados si nos sacan y no nos garantizan una
vivienda”, resaltó la líder.
Lo que obliga el Fallo
Nancy Covaleda, presidente '20 de Marzo' |
AJader Acosta, presidente 'La Florida' |
Según el documento de 45 páginas,
la Corte obliga al Municipio de Florencia y a su Consejo Municipal de Política
Social que, a partir de notificado el fallo, realice un censo para determinar
la cantidad y el tipo de población que yace en los predios ocupados. En este
procedimiento, la Corte obliga al Personero y otras instancias del Ministerio
Público hacer el debido acompañamiento. Luego de 30 días contados a partir de
realizado el censo, se le obliga a la Administración a garantizarle a estas
familias un albergue provisional.
Luego de alojada en albergues, la Mandataria tendría seis meses más para
incluir a estas comunidades en programas para la solución digna y permanente de
vivienda. Igualmente, en el fallo la Corte obliga a estas comunidades que es
obligatorio el acatamiento de lo consignado en el documento. En este sentido,
ellos no deberán volver a ocupar estos predios. De lo contrario, podría ser
judicializados ante las instancias correspondientes por invasión a propiedad
privada.
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